Comisión
del Congreso de Perú aprobó extinción de multas y transportistas respiran
tranquilidad.
La
Paz, 30 jun (ABI).- La Comisión Permanente de Economía del
Congreso de Perú aprobó por unanimidad la extinción de las multas millonarias
para los transportistas por no presentar o trasmitir la información contenida
en la Nota de Tarja de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) de ese país, lo que según el presidente de la
Cámara de Transporte Pesado de la ciudad de El Alto, Gustavo Rivadeneira, les
da cierta tranquilidad.
“Nos
hacen conocer que este problema del INTA-PG y las multas del Volante Tarja se
habría solucionado, esto da cierta tranquilidad al sector del transporte de
carga nacional boliviana debido que ha sido una serie de gestiones que se ha
realizado”, explicó.
Rivadeneira
recordó que ese sector acudió y presentó demandas a través de la Cancillería
boliviana, de la Embajada de Bolivia en Perú, de la Embajada de Perú en
Bolivia, a través del Ministerio de Transporte del Perú y de la SUNAT.
“Todos
estos hechos y acercamientos que hemos tenido como sector ha tenido sus
resultados a través de nuestras autoridades”, apuntó.
El
representante del transporte pesado pidió a todos los transportistas de carga
internacional que se sientan tranquilos porque ya no van a tener ningún
problema para ingresar al país vecino. Explicó
que el SUNAT de Perú a través de un procedimiento denominado INTA-PG establece
que el transportista debe llenar vía internet un documento conocido como Tarja
que debe especificar la carga.
En
enero, la presidenta de la Cámara Departamental de Transporte de La Paz, Patricia
Nemtala, denunció que el SUNAT de Perú a través de una disposición realizó
cobros y multas irregulares por un monto de 7,5 millones de dólares. En
ese entonces, dijo que 156 empresas de transporte recibieron 4.076
notificaciones, en diciembre del año pasado, para el pago de las multas.
El
dictamen de la Comisión dispone la conclusión definitiva de los procedimientos
administrativos sancionadores iniciados a los transportistas terrestre de
carga, sean peruanos o extranjeros.
Las
multas aplicadas tenían relación con la infracción tipificada en el numeral 3
del inciso d) del artículo 192 del DL 1053, Ley General de Aduanas, referida a
la no presentación o trasmisión de la información contenida en la Nota de
Tarja.
Se
declara además la eliminación de las sanciones impuestas a los transportistas,
incluidas las que se encuentran en cobranza coactiva o que hayan sido
impugnadas dentro de un procedimiento administrativo o proceso contencioso
administrativo, así como aquellas que se encuentren pendientes de notificación
por parte de la administración aduanera.
Esta medida busca poner fin a un conflicto que involucra a transportistas peruanos,
bolivianos y chilenos, a consecuencia de un dispositivo antitécnico que
nunca pudo ser implementado, razón por la que fue derogado.
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